La Comuna


La ley de municipalidades del 22 de diciembre de 1891, creó la mayoría de las comunas del país. A partir de esa fecha la subdelegación dieciséis “El Rosario”, formó parte de la comuna de La Estrella. Desde la instalación de la comuna de La Estrella, en 1984, tuvieron en ella, una destacada participación los vecinos de mayor importancia de la subdelegación de El Rosario, toda vez que la actividad política era regida por los propietarios que pagaban mayores contribuciones, función que le era ineludible. Entre dichos vecinos figuraban los señores: Fidel Acuña Donoso, Martín Castro Orellana, Juan Bautista Díaz Ponce, Arturo Díaz Lisboa, Francisco Fernández Bernales, José Miguel Fuenzalida, Olegario Lisboa y Benito Lisboa Cáceres. Ellos ocuparon los cargos de Alcalde y Regidores y el último de los mencionados, como secretario, tesorero y oficial civil.


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Todos ellos realizaron una fecunda labor en la etapa de formación de la Comuna de La Estrella. Estos prohombres, con su experiencia y responsabilidad asumieron el legítimo deber de gestar su independencia de la jurisdicción de La Estrella, por lo tanto, hicieron denodados esfuerzos para segregar la Subdelegación Dieciséis, patrocinando un proyecto que fue dirigido al Ejecutivo, quién poseía la facultad de crear o suprimir las comunas del país. Destacan como impulsores de esta iniciativa, don Martín Castro Orellana, el mayor contribuyente de la subdelegación, don Benito Lisboa Cáceres, activo secretario y coordinador y doña Fortunata Oyarzún Gainza viuda de Riveros, quien estaba relacionada social y políticamente con importantes personeros del gobierno de entonces. La culminación de este proceso, se produce a fines de 1908 y comienzos del 1909, ocasión en que corresponde actuar como Ministro del Interior a un distinguido hombre público Colchagüino, el doctor Eduardo Charme Fernández quien acoge y apoya decisivamente la iniciativa de los vecinos de El Rosario. El 20 de febrero de 1909, se obtiene mediante el Decreto Supremo N° 419, publicado en el Diario Oficial el 26 de Febrero del mismo año, la creación de la nueva comuna El Rosario. Gracias a este instrumento legal se dio comienzo a una nueva etapa en la cual la comunidad de El Rosario asume el derecho a regir su propio destino, deber al que los vecinos se abocaron inmediatamente. De acuerdo a la Ley de Elecciones de la República y la Ley de Organización y Atribuciones de las municipalidades vigentes en 1909, se colocó en marcha la comuna, el mismo año de su creación. Los miembros de la Junta Electoral, formada por los siete mayores contribuyentes de la subdelegación, se reunieron en la casa de Martín Castro Orellana, en la hacienda de Santa Mónica, para formar el Registro de Electores. Se podían inscribir en el, todos los chilenos con veintiún años cumplidos, que supieran leer, escribir y que tuvieran residencia en la subdelegación. Los candidatos a municipales, generalmente se encuentran dentro de los mismos nombres de los propietarios que pagan mayores contribuciones o sus colaboradores más cercanos. 
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Quienes estaban inhabilitados para asumir tales cargos eran: los empleados públicos, los parientes consanguíneos, quienes no cumplieran con la ley de reclutamiento militar, entre otros. Los municipales electros por los 159 votantes de la comuna, de acuerdo con el acta original de escrutinio general de la elección, se reunieron para realizar la primera Junta Preparatoria; ésta fue presidida por el ministro de fe señor Juan de Dios Vial López, su objetivo era formar una Comisión Calificadora de los poderes de los electos y pronunciarse sobre las posibles exclusiones. El domingo 2 de mayo de 1909, a la una de la tarde se constituía en sesión por primera vez a la I. Municipalidad de El Rosario. Todos los electos juraron observar la constitución y las Leyes, luego se dio lectura al acta de escrutinios y al informe de la comisión preparatoria. Por voto de mayoría se resolvió excluir a los regidores: Juan Riveros O. y Luis Echeverría L., por incumplimiento de la ley de reclutas. Don Martín Castro Orellana, fue elegido primer alcalde, don Ambrosio Rosales Vidal, Aníbal José Rubio Lira, para segundo y tercer alcaldes respectivamente, luego se votó el orden de los restantes regidores. Se propuso la terna para elegir secretario y tesorero, puesto que recaería en el señor Juan Antonio Castro Hidalgo. Se fijó el calendario de sesiones ordinarias, las que se llevarán a cabo el primer y tercer domingo de cada mes a las 14.30 horas. Se facultó al primer alcalde para tomar en arriendo un local para sesionar y oto para la policía. Se cierra la sesión. La reclamación interpuesta por los regidores excluidos, señores Riveros y Echeverría, fallada por el Tribunal Calificador de Elecciones a su favor, dio lugar a una nueva constitución del municipio. Estando enfermo de cuidado don Martín Castro O., propuso para el cargo de Primer Alcalde a don Ambrosio Rosales V., quien fue elegido y don Manuel J, Solís L. y don Aníbal J. Rubio L., para segundo y tercer alcaldes, respectivamente. Esta composición será en definitiva la que ejerció en propiedad el gobierno comunal durante el primer periodo...