1.-Asesorar al alcalde en la administración del personal de la municipalidad.
2.-Asesorar al alcalde en la administración financiera de los bienes municipales, para lo cual le corresponderá específicamente:
2.1.-Estudiar, calcular, proponer y regular la percepción de cualquier tipo de ingresos municipales;
2.2.-Colaborar con la Secretaría Comunal de Planificación en la elaboración del presupuesto municipal;
2.3.-Visar los decretos de pago;
2.4.-Llevar la contabilidad municipal en conformidad con las normas de la contabilidad nacional y con las instrucciones que la Contraloría General de la República imparta al respecto;
2.5.-Controlar la gestión financiera de las empresas municipales;
2.6.-Efectuar los pagos municipales, manejar la cuenta bancaria respectiva y rendir cuentas a la Contraloría General de la República, y